lunes, 5 de septiembre de 2011

JUAN ANTONIO DIAZ ARGOTE. EL FUERO ECLESIÁSTICO ES DERECHO DIVINO. Segunda parte 2/2

Oldman Botello*

Elector por La Guaira y diputado por Villa de Cura
El padre Díaz Argote figura entre los electores por La Guaira. Escogerían a los diputados del Congreso Constituyente. Junto con él aparecen como electores en el puerto, Juan de Dios Echarri, coronel Juan de Escalona, Manuel María Eizaburu, Juan Bautista Erazo, José Luís Cabrera, Salvador Eduardo y Matías Pimentel.
Pero en febrero de 1811 la situación da un vuelco. Díaz Argote es diputado suplente al Congreso por su amigo Juan de Escalona, quien pasó a integrar el triunvirato del Poder Ejecutivo revolucionario presidido por Cristóbal Mendoza en el primer turno. El 6 de abril de 1811 fue juramentado como diputado principal por Villa de Cura, su pueblo natal, junto con Juan Toro, diputado por Valencia, quien suplía a don Manuel Moreno de Mendoza que también pasó a ocupar el Poder Ejecutivo. El padre Díaz Argote no tenía veleidades políticas pero dio el frente a la nueva situación. Hemos revisado los dos tomos de las Actas del Congreso de 18911 y sólo conseguimos una intervención suya en las sesiones, en la oportunidad cuando se opuso rotundamente a la eliminación del llamado Fuero Eclesiástico que lo perjudicaba a él y a toda la Iglesia venezolana. La Constitución de 1811 eliminaba todos los privilegios, aunque la potestad eclesiástica dependía del Papa y no del Gobierno o potestad civil. Ya examinaremos más adelante ese episodio.

Su firma aparece refrendando varios cuerpos de leyes y acuerdos sancionados por el Congreso: el de Soberanía del pueblo, aprobación de un millón de pesos para la impresión de papel moneda, creación de la Legislatura de la provincia de Caracas, de la que formaría parte su paisano villacurano Dr. Luís Tomás Peraza, quien venía de pagar catorce años de prisión en La Habana por la conspiración de Gual y España, en la que participó activamente Peraza y por supuesto suscribe la Constitución de 1811 como diputado por la Villa de Cura, junto con patricios que dieron forma a la I y II República y sufrieron los rigores de la guerra, persecución, el cadalso y la expatriación. También participó Díaz Argote en varias comisiones que en oportunidades le impedían asistir a las sesiones ordinarias, como ocurrió en la del 20 de julio y el 4 de diciembre de 1811 en la noche, que era extraordinaria.

El 5 de diciembre de 1811 se planteó lo del Fuero Eclesiástico. El padre Luis Ignacio Mendoza salvó su voto […] por creer que siendo el asunto perteneciente a la disciplina general de la Iglesia Católica, no hay facultades para derogarla ni puede ser juez en estas materias otra potestad que la eclesiástica y porque teme incurrir en las penas impuestas a los violadores de la libertad e inmunidad eclesiástica”.

En cuanto a la actitud tomada por el diputado Juan Antonio Díaz Argote, dice el Acta de ese día:
[…] Protestó igualmente el señor Díaz Argote, diciendo que tal declaratoria era injusta e imprudente, porque siendo la opinión que afirma, que la inmunidad eclesiástica es de derecho divino, no sólo probable, sino cierto, después que los Padres del Concilio de Trento dijeron en el Cap. 20, Sesión 25 de reformatione , que la inmunidad personal de los eclesiásticos está establecida Dei ordinatione, ni el Congreso de Venezuela, ni ninguna potestad secular tiene autoridad para hacer una declaratoria tan absoluta como la que se intenta hacer, no sólo porque esto sería hacerse juez en su propia causa y meter la mano en cosa ajena, sino porque una declaración semejante, ni en un Concilio ecuménico puede hacerse”.

El día en que se pensaba aprobar la moción, era notoria la ausencia de los clérigos Díaz Argote, Blandín, Quintana, Ramón Ignacio Méndez y Mendoza. Todos ellos fueron requeridos de orden del Presidente del Congreso […] para que no se interrumpiese el urgente e importante trabajo de la Constitución por falta de concurrencia”. Díaz Argote se presentó a la sesión junto con Blandín. Los demás se excusaron por razones de conciencia que les impedía sancionar el artículo 28 de los derechos del hombre “[…] que destruye todo fuero personal, porque creían que esta sanción en el Ejecutivo era injusta, incursa en los anatemas de la Iglesia y fuera de las facultades del Congreso, según consta de sus protestas escritas, que se hallan en el acta anterior”.

A pesar de las protestas, no hubo decisión, sino que se acordó conminar a los sacerdotes formalmente “con la Ley y el juramento que han prestado al entrar al Congreso”. El 16 de diciembre fue planteada nuevamente la cuestión y los sacerdotes volvieron a protestar lo que consideraban una medida “impolítica y alarmante” que “degrada a los Ministros de un culto”. Definitivamente fue aprobado el artículo, salvando su voto los eclesiásticos.

Díaz Argote cumplió con su deber como representante de su pueblo y como todo un patriota que no negaba la Independencia aunque desconocía el fuero de su Iglesia. Todo lo que ocurría en el seno del Congreso, él y los otros constituyentes lo referían a su Arzobispo Coll y Prat, como este lo informó en dos oportunidades al rey Fernando VII; en 1812 le escribe en su Memorial:
[…] Las personas, mis confidentes insinuadas de quienes me valía en el centro del mismo Congreso para saberlo todo como para que se mantuviese aún en él un partido sano e inalterable a favor de la Religión y de la Monarquía Española, que eran el Doctor Montenegro, Cura de la Candelaria (en el día difunto, con mucho dolor mío y del público), el Doctor Don Manuel Vicente de Maya, cura de la Catedral; el Dr. Don Juan Nepomuceno Quintana, Catedrático de Moral; el presbítero Doctor D. Rafael de Escalona, hombre hábil y ejemplar; y el Dr. D. Juan Antonio Díaz Argote, Cura de La Guaira”.

Diaz Argote, empero, nunca abjuró de la autonomía de su patria venezolana. Era su deber y bajo la premisa del in verbo sacerdotis tacto pectore et corona, informaba de todos los pasos a su superior jerárquico. Nadie lanzó una queja contra él. Se mantuvo al margen de la guerra, dedicado a su función sacerdotal en Caracas, adonde fue trasladado en 1813. Vio encumbrarse a antiguos amigos, civiles, militares eclesiásticos, como monseñor Ramón Ignacio Méndez, el quisquilloso monseñor Méndez que alcanzó el Arzobispado de Caracas después de haber estado en campaña como capellán de los ejércitos llaneros de Páez. Y hasta el linajudo padre José Félix Blanco, que alcanzó la jerarquía de coronel.
Mutis del sacerdote y patriota

El padre Díaz Argote ejercía en Catedral su responsabilidad de Canónigo Magistral y Cura Rector de la misma iglesia. Vivía alquilado en la casa de doña Manuela Blandín, hermana de su amigo Bartolomé Blandín. Ya estaba viejo. En 1829 contaba con 72 años y la salud resentida. El 22 de diciembre decide redactar su testamento. En enero siguiente anexará un codicilo. En el primero de diciembre de 1829 manifiesta que desea ser amortajado con sus hábitos sacerdotales; que se dieran 25 pesos de limosna a la iglesia de San Mauricio; que se le ofrecieran honras fúnebres en la capilla de San Pedro Apóstol de Catedral, de quien era devoto y miembro de su Cofradía; que en las Vigilias de su entierro se dijeran 12 misas por su alma y desde el día de su fallecimiento se oficiarían las 30 misas de San Gregorio por el sacerdote que sus albaceas decidieran a quien se entregarían treinta pesos. Que se donasen seis pesos a cada una de las casas religiosas y los componentes que lo desearan podrían asistir al sepelio; declaró como sus albaceas testamentarios a los sacerdotes y amigos José Gregorio y José Cecilio de Ávila, y a su hermano Ceferino Ávila, todos nativos de Güigüe, en el actual estado Carabobo y a quienes les unía cálida amistad. Nombró como única y universal heredera a doña Petronila Álvarez del Priego. Destacó que su cadáver fuera sepultado en el cementerio de los hermanos de San Pedro.

El 16 de febrero de 1830 presenta otro testamento. Allí manifiesta ser propietario de dos casas en La Guaira, una frente a la plaza de San Francisco y otra en al calle San Juan de Dios “arriba de la esquina de Punto Fijo”. Era suya una esclava, la negrita María del Rosario comprada a Juan José Echeverría y Echezuría; otra llamada Luisa que la donó a sus hermanas Laureana y Mariquita (María Casilda, nacida en Villa de Cura en 1779). Ratifica a sus albaceas José Gregorio y José Cecilio de Ávila y Ceferino Ávila.

Después de haber arreglado las cuentas con Dios y su conciencia, así como las terrenales, la vida del padre Juan Antonio Díaz-Argote Villasana se extingue en Caracas el 11 de febrero de 1830 y se sepultó al siguiente día, tal como expresaba su última voluntad, en el cementerio de los hermanos de San Pedro, una cripta ubicada a la derecha, en la entrada de la Catedral, hoy bautisterio. Allí fueron inhumados obispos, sacerdotes, lo más granado de la sociedad caraqueña y por supuesto los miembros de la Cofradía de San Pedro.

Al padre Díaz Argote muy poco se le nombra. Sólo se menciona como un ritual su nombre de Diputado por la Villa de Cura todos los 5 de julio con la lectura del Acta de Independencia en el Congreso, ahora Asamblea Nacional. Una calle marginal de su pueblo, en la parroquia Las Mercedes, fue bautizada hace unos treinta años con su nombre. Juan Lovera lo inmortalizó en el cuadro del 5 de Julio. Por allí aparece de perfil su figura idealizada por el artista, con el bonete, símbolo de su estado sacerdotal.

*De la Academia Nacional de la Historia.Cronista de Maracay.Ex-Cronista de Villa de Cura
oldmanbotello@hotmail.com



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